Agresión sexual en la Universidad Complutense: una causa judicial en curso
Un alto cargo de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) identificado por las iniciales B. P. P. figura como investigado en unas diligencias abiertas por un presunto delito de agresión sexual, según la denuncia presentada por la víctima. La denuncia fue interpuesta en marzo de 2024 ante el Juzgado de Guardia, fue admitida a trámite y dio lugar a la apertura de un procedimiento que sigue en fase de instrucción.
Documentación clínica y seguimiento especializado
Entre la documentación aportada consta un informe médico relativo a un intento autolítico que sería coincidente con la fecha de los hechos denunciados. Además, el juez instructor habría solicitado información al Instituto de la Mujer sobre el tratamiento que la víctima estaría siguiendo desde hace más de un año, dentro de un programa específico de atención psicológica a mujeres víctimas de violencia sexual.
En ese contexto asistencial, la psicóloga especialista que firma ese informe sostiene que la víctima fue valorada previamente en el recurso correspondiente por zona (tras una atención hospitalaria en urgencias y posterior llamada al 016) y posteriormente derivada al programa especializado. En ese marco, se habría apreciado un trastorno de estrés postraumático, y la intervención se orientaría a reducir sintomatología postraumática e incrementar la sensación de seguridad y confianza para recuperar calidad de vida, cuya pérdida se relaciona con la agresión sexual denunciada, para ello, la víctima continúa en tratamiento psicológico en el programa especializado en atención psicológica a víctimas de violencia sexual del Instituto de la Mujer.
Controversia sobre la pericial del Instituto de Medicina Legal
Uno de los ejes más sensibles del caso, según sostiene la representación letrada de la denunciante, el abogado penalista Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos, es la actuación del Instituto de Medicina Legal de Madrid (IML) que ha derivado en una denuncia contra la psicóloga del IML. La denuncia afirma que, a petición judicial, el IML emitió un informe que la parte denunciante considera que presenta omisiones e inexactitudes. La psicóloga del IML podría ser juzgada por un posible delito de falso testimonio.
La representación letrada de la denunciante mantiene que se puso de manifiesto una vinculación entre el investigado y el entorno del Instituto, circunstancia que fue advertida al juez instructor, aunque la víctima se vio obligada a someterse igualmente a la valoración. Estas afirmaciones forman parte del planteamiento de la denuncia y, como tales, requieren contraste procesal: su trascendencia dependerá de lo que se acredite en las actuaciones y de cómo lo valore el juzgador, la denunciante ha aportado con su denuncia en el juzgado, la grabación integra de la sesión que demostraría las falsedades y omisiones a las que hace referencia en su denuncia.
La entrevista de julio de 2025 y la discusión sobre “omisiones”
La denuncia también recoge que la entrevista pericial se realizó en julio de 2025 y que habría sido grabada íntegramente por la propia víctima y por la profesional del Instituto. Según consta en la propia denuncia, esa grabación permitiría demostrar que el informe final omitió aspectos relevantes, incluyendo referencias a la documentación del episodio autolítico, al informe del Instituto de la Mujer y a determinadas manifestaciones realizadas durante la exploración, incluyendo otras atribuidas a la denunciante que nunca se produjeron.
Por otro lado, la denuncia presenta la estrategia de la defensa del investigado como está orientada a desvirtuar el relato de la víctima y a desplazar el foco del procedimiento utilizando para ello la influencia y el poder que le otorga su cargo en la UCM. Ese planteamiento forma parte del enfoque de la parte denunciante y, en esta fase, no permite por sí solo establecer hechos probados.
Recusación y nuevas diligencias
En el marco de la instrucción, la defensa de la denunciante ha solicitado actuaciones adicionales. Entre ellas, se menciona la petición de recusación de la psicóloga del Instituto de Medicina Legal que participó en la valoración, así como la solicitud de declaración de la psicóloga que atiende a la víctima dentro del programa del Instituto de la Mujer, por entender que es la perito adecuada en esta situación. La admisión o no de estas diligencias corresponde al juzgado, que debe valorar su pertinencia, utilidad y necesidad para el esclarecimiento de los hechos.
A la espera de la evolución de la instrucción
La causa continúa su curso a la espera de que la instrucción concluya y el órgano judicial determine los siguientes pasos procesales. Expertos independientes indican que las pruebas presentadas, así como el presunto intento de desacreditación de la valoración de la víctima, deberían ser más que suficientes para que se decretase la apertura de juicio oral.
Nos encontramos con un nuevo escándalo sexual que afectaría, en este caso, a altos cargos vinculados a la UCM.













