Una pareja de lesbianas demanda al Estado por no pagarles el tratamiento de inseminación

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Verónica y Tania, que sólo se llaman así para el público que sepa hoy de su historia porque desean preservar su identidad, acusarán esta mañana en un juzgado de Madrid al Ministerio de Sanidad, la Consejería de Salud y el Hospital Fundación Jiménez Díaz de vulnerar sus derechos fundamentales y discriminar su derecho a la maternidad biológica al excluirles de un proceso de reproducción asistida por carecer de pareja masculina.

La culpa la tiene una orden ministerial del 31 de octubre de 2014 que autoriza los tratamientos de fertilidad en la sanidad pública a quienes, entre otras cosas, no puedan quedarse embarazadas «tras un mínimo de 12 meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos anticonceptivos». Es decir, con hombre de por medio.

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El párrafo lleva 10 meses incendiando los planes de lesbianas que no quieren demostrarle al Estado su infertilidad tras un año de sexo con quien no quieren. Y 10 meses de incendio según dónde, porque la orden ministerial no la cumplen todas las comunidades autónomas. Otras sí. Castilla-La Mancha, Madrid, Cataluña, Murcia, Navarra y la Comunidad Valenciana deniegan el tratamiento a mujeres solas y a lesbianas, según Women's Link Worldwide, la ONG que se ha hecho cargo de la acusación y que hoy argumentará ante el juez lo que considera una «vulneración de derechos fundamentales».

«El Estado tiene la obligación de respetar las decisiones reproductivas de las mujeres. Es inadmisible que el acceso a los tratamientos de reproducción asistida dependa de la orientación sexual, de si se tiene pareja o no, o del lugar en el que se viva, ya que no todas las CCAA están aplicando la orden del Ministerio», cuenta Carmen Miguel, abogada de las demandantes y directora legal regional de Women's Link Worldwide.

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Según el relato de esta organización internacional de defensa de los Derechos Humanos especializada en la lucha por avances legislativos en igualdad de género, Verónica y Tania entraron en el programa de reproducción asistida de la Fundación Jiménez Díaz en abril de 2014. A finales de octubre de ese año, Sanidad emitió aquella orden ministerial y pocos días después personal médico del hospital informó oralmente a la pareja que quedaba excluida definitivamente del proceso.

Un mes después, en diciembre, las dos mujeres pidieron el expediente de su caso y una explicación por escrito. Y en enero, el director de la Jiménez Díaz les envió una carta en la que aseguraba que «esta nueva ley afecta, entre otros, a los tratamientos de reproducción asistida a mujeres sin pareja masculina». Esa misma tarde, Verónica y Tania iniciaron las acciones legales que se estrenan hoy en el Juzgado de lo Social Número 8 de Madrid.

Y nacen aunque en medio del proceso haya habido un cambio. Porque en mayo, cinco meses después de la redacción de la demanda y seis de la interrupción del tratamiento, la Fundación Jiménez Díaz citó a ambas para reanudar la fecundación in vitro: «Se están reevaluando todos los casos de pacientes que han sido atendidos en nuestra Unidad a la espera de recibir instrucciones sobre la adaptación de la cartera de servicios por parte de la Comunidad de Madrid».

Pero Tania y Verónica, que llevan desde mayo reenganchadas al proceso de fertilización -sin suerte, por cierto-, han decidido proseguir con la demanda judicial contra el Estado. «Quieren continuar con la batalla judicial, no sólo para que ellas puedan ser madres, sino para que ninguna otra mujer que opta por la maternidad sea discriminada por el sistema de salud», sostiene la abogada de la pareja.

Sin embargo, años después de aquella frase de la hoy ex ministra, Verónica y Tania fueron excluidas por falta de varón y luego readmitidas, una fecundación interruptus que hoy empieza a gestarse en los tribunales.