El Gobierno presenta la nueva Ley del Aborto 2014

El aborto desaparece como derecho y voluntad exclusiva de la mujer en las primeras 14 semanas y vuelve al Código Penal con dos excepciones: si el embarazo es producto de una violación o si supone un "grave peligro para la vida o la salud psíquica o física de la mujer". Y eso incluye anomalías fetales incompatibles con la vida, siempre que dañen psicológicamente a la gestante. Para el primer caso, el límite serán 12 semanas de gestación. Para el segundo, 22.
El titular de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha presentado al Consejo de Ministros una reforma que llevaba dos años anunciando y que modifica fundamentalmente la socialista de 2010 en cuanto a la interpretación del aborto: la ley Aído lo contemplaba como un derecho y la ley Gallardón como una despenalización en dos supuestos. O sea, algo parecido a la de 1985.
El primer cambio viene en el nombre, toda una declaración de principios. Y de finales. La norma socialista de 2010 se llamaba de Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo y la norma popular de hoy se llama Ley de Protección de la vida del concebido y de derechos de la embarazada.
La mujer que quiera abortar necesitará dos informes médicos
El texto de Gallardón establece que el daño físico o psicólogico para la madre se acredite en un informe motivado por dos médicos de la especialidad que afecte al problema de la madre (físico o psíquico) distintos al que vaya a practicar el aborto y que no trabajen en ese mismo centro.
La norma del ministro de Justicia elimina la ley de plazos, porque "no cabe contar sólo con la voluntad de una de las partes cuando se produce un conflicto entre dos derechos a proteger: el de la mujer y el del nasciturus, como ha indicado el Tribunal Constitucional".
Ley del aborto de 1985, la primera de la democracia española
La ley de 1985, que se mantuvo intacta hasta 2010 con dos legislaturas populares en medio, despenalizaba el aborto en tres supuestos y en dos tiempos. Si había violación, era legal hasta las 12 semanas de gestación. Y si había malformación del feto, hasta las 22.
Pero el llamado tercer supuesto tenía que ver con el "grave riesgo" para la salud "física o psíquica" de la mujer. Y no establecía ningún límite en el tiempo.
Ley del aborto de 2010: convierte la interrupción del embarazo en un derecho para la mujer
La ley de 2010 sacó al aborto del Código Penal (excepto en alguna circunstancia) y lo convirtió en un derecho de la mujer. Aquel texto, que desaparece hoy, facilitaba las cosas a la mujer durante las primeras semanas, pero se las complicaba a partir de la semana 22, cuando sólo una circunstancia extrema del feto y no de ella justificaran la interrupción del embarazo.
En realidad, la ley Aído era una ley de plazos o aborto libre hasta las primeras 14 semanas de gestación y una ley de supuestos a partir de ellas. Es decir, superadas esas 14 semanas, la ley socialista de 2010 sólo permitía la interrupción del embarazo en dos supuestos y a cada uno le daba un tiempo. Fuera de esos motivos y de esos límitres temporales, el aborto era delito.
El primer supuesto era el grave riesgo para la vida o la salud de la madre o del feto y tenía un tope de 22 semanas de gestación, pero necesitaba un informe médico que avalara esa situación. El segundo obligaba a dos médicos distintos a los que fueran a practicar la intervención a evidenciar una «enfermedad extremadamente grave o incurable» del feto o «anomalías incompatibles con la vida», para lo que no se establecía ningún límite de tiempo.












