El derecho de las mujeres a elegir el tipo de parto

Algunos de los derechos recogidos en la Ley de Parto Humanizado incluyen el derecho a dar a luz de forma natural. El derecho a estar siempre acompañada de una persona de confianza o poder decidir en qué postura se decide parir. Decidir un parto natural en Instituto Dra. Gómez Roig es una de las máximas de este afamado centro de obstetricia y ginecología de Barcelona.

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Ya sea parto vaginal o cesárea, la mujer es protagonista activa, respetada y puede ir acompañada de quien ella elija. De la misma forma, la legislación sanitaria vigente estipula que contará con suficiente información para la toma de decisiones, y tendrá los siguientes derechos:

Derecho a estar informada

Toda mujer tiene derecho a conocer las diversas intervenciones médicas a las que puede verse sometida durante el embarazo, el parto, el posparto, y el puerperio de una manera fácil de entender y clara. Es necesario para que pueda elegir libremente cuando existan otras opciones.

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Todos los profesionales que intervienen en la atención a mujeres embarazadas son responsables de informarlas. Incluirá al menos el propósito, naturaleza, riesgos y consecuencias de cada intervención. Los familiares y acompañantes, solo serán informados siempre y cuando la usuaria acceda a ello.

Derecho de decisión

En general, cualquier actuación en el ámbito de la salud requiere el consentimiento previo del paciente. La base moral de este requisito es que todos tienen derecho a decidir acerca de su propia salud y cuerpo.

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Para procedimientos quirúrgicos invasivos, procedimientos diagnósticos y terapéuticos y todo tipo de tratamiento que afecte a la salud del paciente, el consentimiento debe expresarse por escrito. Además tiene que obtenerse después de que el usuario haya recibido suficiente información. Asimismo, el usuario puede retirar su consentimiento en cualquier momento.

Derecho a la elección

La paciente tiene derecho a elegir libremente las opciones clínicas disponibles después de recibir información suficiente. Todos los profesionales involucrados en actividades sanitarias no solo están obligados a proporcionar correctamente sus conocimientos, sino que también están obligados a respetar las decisiones libres y voluntarias de los pacientes.

En este sentido, las futuras madres podrán elegir su lugar y método de parto (movimiento, lugar, analgesia o medicación, acompañamiento). Los equipos de salud y las instituciones médicas deben respetar esta decisión, siempre que no perjudique la salud de las madres y los bebés.

Derecho a identificar a los profesionales médicos

Los profesionales y el personal a cargo de los centros de salud promoverán que los usuarios ejerzan el derecho a conocer los nombres, funciones, especialidades y titulaciones de los profesionales participantes. Asimismo, la ley sanitaria estipula que es necesario poder identificar al personal de los servicios de salud por nombre y categoría profesional.

El hecho de dar a luz es uno de los mayores privilegios que tiene la mujer como ser humano. La decisión de poder elegir de qué forma llevarla a cabo, así como de tener toda la información necesaria sobre la asistencia a la que va a ser sometida, no solo debe considerarse como un derecho, sino como una obligación que debe tener una sociedad tecnológicamente avanzada con las futuras madres de nuestros hijos.