Madrid obligará a los colegios a impartir como asignatura educación LGTB

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Los cuatro grupos representados en la Asamblea de Madrid -PP, PSOE, Podemos y Ciudadanos- han aprobado este jueves por unanimidad la denominada 'Ley de protección integral contra la discriminación por diversidad sexual y de género' de la Comunidad de Madrid, más conocida como ley contra la LGTBfobia que, entre otros aspectos, obligará a los centros educativos al tratamiento específico de la identidad de género en las aulas.

La norma, impulsada por el Gobierno regional y modificada a través de 138 enmiendas de la oposición, también contempla, entre sus medidas, la inversión de la carga de prueba, que establece que debe ser el acusado de conducta discriminatoria el que demuestre su inocencia, o la creación de un Consejo LGTBI que permita la participación de las entidades de la sociedad civil en las políticas públicas referidas a esta materia.

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En el pleno de la Asamblea, los grupos han defendido la aprobación de esta Ley, que nace para combatir con un instrumento legal las agresiones físicas y las discriminaciones a personas del colectivo de lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales (LGTBI).

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• Política educativa: la norma contempla la OBLIGACIÓN de educar en la ideología de género en los colegios públicos y concertados, y por tanto vulnera el derecho de las familias a decidir libremente el modelo educativo de sus hijos. El artículo 34 obliga a todos los docentes a recibir formación que será impartida por organizaciones LGTBI, introduce la realidad LGTBI y los diferentes modelos de familia en los contenidos de estudio confeccionados para el futuro personal docente e impulsa "la creación de un fondo bibliográfico de temática LGTBI, en todo caso respetuoso con los derechos humanos y nunca contrario al reconocimiento de la diversidad sexual".

• Sanciones a los discrepantes: la ley prohíbe las conocidas como "terapias de conversión de orientación sexual e identidad de género", al señalar que no deben ser "aplicadas en ningún caso". Penaliza el uso de "expresiones vejatorias por razón de orientación sexual e identidad de género" en la prestación de servicios públicos, en discursos o intervenciones públicas.

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• Medios de comunicación: los medios de comunicación de titularidad autonómica, y aquellos que perciban ayudas, subvenciones o fondos públicos de la Comunidad de Madrid, deben promover la concienciación, divulgación y transmisión de la inclusión social y el respeto a la diversidad sexual, identidad y expresión de género, emitiendo contenidos que contribuyan a una percepción de las personas LGTBI exenta de estereotipos y eliminando el uso de lenguaje sexista u ofensivo hacia las mismas.

• Divulgación: la ley reconoce la necesidad de incorporar "en la publicidad institucional a todos los niveles la diversidad por orientación sexual e identidad de género y diversidad familiar con el objetivo de favorecer y consolidar en positivo la diversidad de la sociedad madrileña".