El juez abre juicio oral contra Begoña Gómez por malversación y tráfico de influencias

El magistrado Juan Carlos Peinado ha dictado este lunes el auto de apertura de juicio oral contra Begoña Gómez Fernández, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y contra su asesora Cristina Álvarez. El instructor ha resuelto que Begoña Gómez se siente en el banquillo de los acusados por un delito de tráfico de influencias y otro de malversación de caudales públicos, mientras que Álvarez responderá como cooperadora necesaria únicamente por la malversación relativa al desvío de un software universitario. El procedimiento con tribunal del jurado pasa ahora a la Audiencia Provincial de Madrid.

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Esa resolución de la Audiencia apartó de la causa al empresario Juan Carlos Barrabés, contra quien la investigación proseguirá por procedimiento abreviado en una pieza separada.

Con fecha 27 de julio de 2026, la acusación popular unificada —integrada por la asociación HazteOir, el sindicato Manos Limpias, el Movimiento de Regeneración Política de España, Vox e Iustitia Europa— presentó su escrito de conclusiones provisionales solicitando la apertura del juicio oral.

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Para Begoña Gómez pide dos años de prisión por tráfico de influencias, tres años por malversación continuada y ocho años de prisión con veinte de inhabilitación absoluta por la malversación del software, o, subsidiariamente, diez años de prisión en caso de concurso medial. Para Álvarez reclama seis años de prisión y quince de inhabilitación absoluta.

El Ministerio Fiscal, mediante escrito del 24 de julio, ha mantenido su petición de sobreseimiento y no ha formulado acusación contra ninguna de las dos.

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La Universidad Complutense de Madrid, personada como perjudicada, ha cuantificado el perjuicio patrimonial en 113.509,32 euros —108.765,79 euros en gastos de contratación y 4.743,53 euros en coste de personal propio— y reclama la responsabilidad civil directa y solidaria de ambas acusadas.

Las defensas de ambas acusadas han negado cualquier hecho delictivo y han interesado la libre absolución. La representación de Begoña Gómez, con su nuevo abogado Jaime Campaner, sostiene que la creación de la cátedra se ajustó al reglamento universitario, que ejerció sus funciones de forma gratuita y que la plataforma nunca dejó de estar a disposición de la Universidad.

El instructor mantiene, para ambas acusadas, la obligación de permanecer a disposición del órgano judicial, de comunicar cualquier cambio de domicilio y de comparecer cuando sean requeridas, sin imponer nuevas medidas cautelares personales.

Contra este auto no cabe recurso, conforme al artículo 32.2 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado. La causa se remitirá ahora a la Audiencia Provincial de Madrid, ante la que las partes deberán personarse en un plazo de quince días. El expediente, que ha marcado la instrucción judicial más escrutada de la legislatura, entra así en su recta final.

La Audiencia Provincial ordena que Begoña Gómez tenga un juicio con jurado popular por dos delitos