Manos Limpias denuncia al F.C. Barcelona a la FIFA
A la Comisión de Ética de Fédération Internationale de Football Association (F.I.F.A.)
Don Miguel Bernad Remón, actuando en nombre y representación del SINDICATO COLECTIVO DE FUNCIONARIOS PUBLICOS MANOS LIMPIAS, con domicilio en la calle Quintana 9, 2º-3, 28008 de Madrid, como mejor proceda en Derecho, formula denuncia contra los presidentes del F.C. Barcelona, en el período comprendido entre los años 2001 y 2018; A saber, Don Joan Gaspart Solves (23-07- 2000/12-02-2003), Don Joan Laporta Estruch (15-06-2003/26-06-2006) y (22-08-2006/30-06-2010), Don Sandro Rosell i Feliu (01-07-2010/23-01-2014), Don Josep María Bartomeu Floreta (20-07-2015/27-10-2020) y contra Don José María Enríquez Negreira, exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros de la Real Federación Española de Fútbol (R.F.E.F.) y su hijo Don Javier Enríquez Romero, en calidad de trabajador contratado por la R.F.E.F. en parte de ese período de tiempo en servicios de coaching; por los presuntos delitos de corrupción entre particulares (Art. 286 BIS del Código Penal) y de Administración Desleal (Art. 252 del Código Penal) así como el de la vulneración del Código Ético de esa digna institución que vela por la limpieza y transparencia en el mundo del futbol, la Fédération Internationale de Football Association (F.I.F.A.)
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Legitimación
El SINDICATO MANOS LIMPIAS está legitimado para interponer esta denuncia ya que es referente de la lucha contra la corrupción en España y en el caso que nos ocupa representa a los millones de aficionados de los distintos clubes de fútbol de España.
Relación circunstancia de hechos
PRIMERO.- En España se ha producido el mayor escándalo de corrupción en el fútbol, que afecta no solo al F. C. Barcelona, como presunto beneficiario, sino también al resto de Clubes de 1ª División como perjudicados.
SEGUNDO.- La empresa del ex vicepresidente del CTA, DASNIL 95 SL, facturó desde el año 2001 al 2018 más de siete millones de euros al F. C. Barcelona, sin que ello haya sido desmentido.
TERCERO.- El servicio, presuntamente, consistía en favorecer, a través de los árbitros, al F. C. Barcelona.
El argumento falaz que ha empleado el F. C. Barcelona para justificar el pago de esas cantidades millonarias se basa en que recibía de la mercantil DASNIL 95 SL, a cambio, informes y videos de actuaciones arbitrales para conocimiento del equipo de fútbol previo a cada partido; lo que ha sido desmentido por los entrenadores; Ernesto Valverde y Tata Martino, que reconocen desconocer dichos informes y vídeos.
Por otra parte el argumento que dio el Sr. Enriquez Negreira, ante la Fiscalía, era que fue contratado para que las actuaciones arbitrales fueran neutrales; lo cual implica que está acusando al estamento arbitral español de que no se actuaba en los terrenos de juego con la Justicia que se le supone debe practicar.
CUARTO.- El Sr. Enríquez Negreira, como vicepresidente del CTA. tenía un papel muy importante para los colegiados españoles, ya que era la persona que les comunicaba los ascensos y descensos de categoría. Por otra parte su hijo, era el enlace con los colegiados a los que daba charlas como Coaching, además de almorzar con ellos y acompañarlos en su coche, desde el hotel donde se alojaban, hasta el estadio del F. C. Barcelona. Además, algunos de los árbitros contrataron sus servicios como Coaching.
QUINTO.- En fecha 5 de febrero de 2019, poco después de que el Sr. Enriquez Negreira finalizara su relación mercantil con el F. C. Barcelona, remite Burofax al presidente, Sr. Bartomeu, donde profiere amenazas de que, entre otras cosas, va a divulgar las irregularidades cometidas por este Club.
SEXTO.- La gran mayoría de los Clubes españoles de la 1ª División de la Liga de Fútbol Profesional (L.F.P.), han remitido un comunicado de rechazo y repulsa por el caso que se conoce como BARÇAGATE.
EN SU VIRTUD, SOLICITO DE ESA COMISIÓN ÉTICA:
Se proceda a la apertura del correspondiente expediente sancionador en base a los hechos relatados. Así mismo, se persone ese organismo de las diligencias de investigación iniciadas por la Fiscalía Anticorrupción de España.
Es Justicia que pido en Madrid a la F.I.F.A., dado que en España la infracción deportiva, sorprendentemente, ha podido haber prescrito por haber transcurrido más de tres años de la misma. Este es el plazo señalado para las infracciones muy graves por la Ley del Deporte (Artículo 112).
Por esto mismo esperamos del recto proceder de esa Federación Mundial para que garantice el FAIR PLAY de las competiciones de fútbol en España y atienda a lo requerido por la mayoría de los clubes españoles de la 1ª División.
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