¡Dictadura! El Gobierno bloquea la mayoría de webs de contactos de España
El Ministerio de Consumo ha incoado expediente sancionador a varias empresas que mantienen en sus webs anuncios de servicios de prostitución tras la advertencia que el Gobierno les remitió en el mes de julio para que retirasen este contenido “de forma inminente”. Ahora se abre un periodo para la instrucción del expediente definitivo y la consecuente resolución por parte de los órganos competentes del Ministerio de Consumo, que podrían multar más de 100.000 euros a estos portales online e incluso cerrarlos permanentemente.
Los requerimientos realizados previamente se enmarcan en una investigación liderada por la Dirección General de Consumo (DGC), en la que se examinaron más de 400 anuncios sobre prostitución y registrado 5.600 datos. Los resultados arrojaron que el 99,5% de los spots analizados contaban con fotografías de contenido sexual, el 57% hacía referencias directas al cuerpo de quien publicita sus servicios y el 62,5% usaba en el texto del anuncio adjetivos con contenido sexual.
Además, según la investigación del Ministerio de Consumo, los anuncios se presentaban en su mayoría como escort con la intención de intentar sortear la legislación vigente. Este término, de hecho, apareció en el 90% de las webs analizadas en los filtros de búsqueda y en los espacios publicitarios de los portales.
Y Pedro Sánchez cerró las webs de anuncios de contactos. Triste histórico día en España. https://t.co/1F1VDL9zq3 https://t.co/esLpSyiNns https://t.co/opPh3ERMjd https://t.co/G6dCMaNpZi https://t.co/OGMLHPeSul https://t.co/Wc94mtgckt https://t.co/aMkSQAn8iM bloqueadas por los… pic.twitter.com/jj3GGUrnDy
— Plataforma #StopAbolición (@stopabolicion) October 23, 2023
El barrido también puso de manifiesto “conexiones” entre las principales webs que publican prostitución en Internet, dándose la circunstancia de que un tercio de las analizadas pertenecen a la misma empresa publicitaria. La publicidad de servicios de prostitución —o contenidos directamente relacionados con ella, como servicios de escort, acompañante o masajista— está prohibida por la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual aprobada el 6 de septiembre de 2022. Asimismo, se considera una publicidad ilícita que infringe también la normativa de consumo aquella que utiliza “estereotipos de género que fomenten o normalicen las violencias sexuales contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes” y también la que presente a las mujeres “de forma vejatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar”.
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